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Calculadora IRPF autónomos
A ingresar en modelo 130
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Desglose
Rendimiento neto—
20% s/ rendimiento neto—
Pagos previos—
Retenciones soportadas—
A ingresar este trimestre—
⚠️ Calculadora orientativa. Consulta siempre con tu gestoría antes de presentar el modelo 130 oficial.
Qué es el modelo 130 y cómo funciona
El modelo 130 es el pago fraccionado del IRPF que los autónomos en estimación directa deben presentar cada trimestre. Funciona como un anticipo del impuesto sobre la renta anual: pagas el 20% de tu beneficio neto trimestral a cuenta de lo que resultará en la declaración de la renta de junio.
La fórmula del modelo 130
El cálculo es acumulativo — se calcula sobre el total del año hasta el trimestre actual, restando lo ya pagado:
Resultado = (Ingresos − Gastos) × 20% − Pagos previos − Retenciones
¿Quién está exento del modelo 130?
- Autónomos en estimación objetiva (módulos) — ellos presentan el modelo 131
- Autónomos que facturen más del 70% de sus ingresos a empresas que ya les aplican retención de IRPF en factura
💡 Si tus clientes te retienen IRPF en factura (el 15% habitual), esas retenciones se descuentan del modelo 130. Si el 100% de tus clientes te retiene, es posible que no debas ingresar nada en el 130.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre el modelo 130 y el modelo 303?
Son impuestos completamente distintos. El modelo 303 es la liquidación del IVA (impuesto sobre el consumo). El modelo 130 es el pago fraccionado del IRPF (impuesto sobre la renta). Ambos se presentan trimestralmente en las mismas fechas pero son independientes.
¿Qué pasa si el resultado del modelo 130 es cero o negativo?
Si el resultado es cero o negativo, presentas el modelo 130 con resultado "a devolver" o "sin actividad". No tienes que pagar nada, pero sí debes presentarlo. Si no lo presentas, Hacienda puede sancionarte aunque el importe sea cero.
¿Puedo deducirme la cuota de autónomo en el modelo 130?
Sí. La cuota de autónomo que pagas a la Seguridad Social es un gasto deducible que reduce tu rendimiento neto. Inclúyela en el apartado de gastos deducibles acumulados.
¿Cuándo se presenta el modelo 130?
En las mismas fechas que el modelo 303: 1T hasta el 20 de abril, 2T hasta el 20 de julio, 3T hasta el 20 de octubre y 4T hasta el 30 de enero del año siguiente.